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Economía Indígena8 de septiembre de 2026En la prensa

Comunidades de Calama y Alto El Loa acceden a 200 cupos de formación en emprendimiento e inteligencia artificial

Codelco abrió su Academia de Formación Indígena con un piloto de 200 cupos en Operaciones Norte. La formación abre la mitad del circuito: sin una puerta de compra al otro lado, la capacidad instalada se queda sin destino.

Por Equipo FEi

Comunidades de Calama y Alto El Loa acceden a 200 cupos de formación en emprendimiento e inteligencia artificial

CALAMA, 3 DE SEPTIEMBRE DE 2026. Personas de pueblos indígenas de los territorios de Calama Indígena, Alto El Loa y El Salvador tienen 200 cupos de formación en línea financiados por Codelco, en un plan piloto que la estatal enmarca en su Estrategia de Pueblos Indígenas.

La oferta formativa abarca liderazgo, emprendimiento, negociación, formulación y gestión de proyectos, habilidades laborales, postulación a fondos concursables públicos y privados, y herramientas de inteligencia artificial e innovación tecnológica. Los cursos se dictan a distancia mediante licencias financiadas por la empresa en la plataforma Udemy, de modo que cada participante avanza a su propio ritmo desde un computador o un teléfono.

La selección de estas temáticas responde directamente a los requerimientos que levantamos en las comunidades indígenas locales.

Claudia Sandoval, gerenta de Gestión Social de Codelco

La Academia se vincula a dos de los cinco pilares de la Estrategia de Pueblos Indígenas de Codelco: Empoderamiento, que apunta a la autonomía organizativa y a la formación de liderazgos con capacidad de representación, y Desarrollo económico local, que abarca emprendimiento, mano de obra y compra local, infraestructura y turismo. Los otros tres pilares son Reconocimiento, Patrimonio cultural y Transformación interna. La estrategia se construyó de forma participativa, con procesos de diálogo territorial, un Consejo Consultivo Experto y un Comité Estratégico interno.

Rodolfo Bickell, director de Desarrollo Comunitario de Operaciones Norte, situó el lanzamiento como el cumplimiento de un compromiso surgido del trabajo con las comunidades de Calama, Alto El Loa y Atacama la Grande.

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El dato relevante no es el número de cupos: es de dónde salió el temario. Cuando el contenido lo definen los requerimientos levantados en el territorio, la formación deja de ser un beneficio entregado y pasa a ser inversión en capacidad productiva. Es la diferencia entre un programa que la empresa diseña y uno que la comunidad encarga.

Y ahí está también el límite. Doscientos cupos son un piloto, y la formación abre solo la mitad del circuito: al otro lado tiene que haber una puerta de compra. Capacitar en formulación de proyectos y en herramientas digitales sin abrir la cadena de suministro deja la capacidad instalada sin destino, y el desánimo que produce un aprendizaje sin salida es más costoso que la capacitación misma. El eslabón que falta es la verificación: un comprador necesita saber a quién le está comprando, y una empresa no puede levantar esa acreditación desde afuera.

Una precisión sobre los marcos

La nota original menciona el Convenio 169 de la OIT entre los estándares internacionales que dan base a la estrategia, y conviene la precisión. El Convenio 169 es un tratado que obliga al Estado de Chile, no a las empresas que operan en su territorio, ni siquiera a las de propiedad estatal. Lo que alcanza a una compañía minera en su relación con proveedores y comunidades es otro conjunto de instrumentos: la Norma de Desempeño 7 de la IFC, los principios del ICMM sobre pueblos indígenas y minería, y el estándar GRI 204 sobre prácticas de adquisición. Nombrar el marco correcto no es formalismo: define quién responde, por qué y ante quién.

Queda una pregunta que la nota original no aborda y que la Fundación plantea como criterio, no como reproche: cómo se acredita la pertenencia de las 200 personas. Para FEi la calidad indígena no se identifica desde afuera. Se sostiene cuando la declara el propio titular o su organización, por la vía del certificado que la persona solicita a CONADI o de la personalidad jurídica de su comunidad o asociación. Es la diferencia entre un registro que la persona controla y una lista armada por un tercero.